¿Cuándo y cómo se pierde la nacionalidad española?

Pérdida nacionalidad española

La nacionalidad es el mayor grado de vinculación de un ciudadano con un país, y su adquisición puede producirse de origen, a causa del nacimiento, o bien por naturalización, es decir, por un acto sobrevenido, siempre que el interesado lo desee y se cumplan las condiciones que impone la ley en cada caso.

Pero la nacionalidad no siempre es permanente, y en determinadas circunstancias se puede perder.

En este artículo vamos a ver qué situaciones pueden dar lugar a la pérdida de la nacionalidad española.

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¿Se puede privar a alguien de la nacionalidad española?

Uno de los casos en los que puede producirse la pérdida de la nacionalidad es cuando el ciudadano es privado de ella por las causas previstas en la ley.

Solo se puede privar a una persona de la nacionalidad española cuando esta se adquirió de forma sobrevenida, es decir, cuando se trata de la nacionalidad derivada, pero en ningún caso se puede privar a una persona de su nacionalidad de origen (la que se adquiere por defecto en el momento del nacimiento, sin necesidad de que la persona realice ningún trámite).

No obstante, la ley sí permite renunciar voluntariamente a la nacionalidad de origen, como también permite renunciar a la nacionalidad derivada.

¿Cómo se puede perder la nacionalidad de origen?

De acuerdo con lo anterior, y salvo que España se halle en guerra, se puede renunciar a la nacionalidad española o se puede perder en los siguientes casos (artículo 24 del Código Civil):

Por adquisición de otra nacionalidad

Los emancipados que residan habitualmente en el extranjero pueden perder la nacionalidad española:

  • Si adquieren voluntariamente otra nacionalidad.
  • Si utilizan exclusivamente la nacionalidad extranjera que tenían atribuida antes de la emancipación.

La nacionalidad española se perderá cuando transcurran 3 años desde cualquiera de los hechos mencionados, a menos que dentro de dicho plazo declaren su voluntad de conservarla.

Como excepción en estos casos, los ciudadanos que adquieran la nacionalidad de un país con el que se permita la doble nacionalidad no perderán la nacionalidad española. Es el caso de los países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y Francia.

Por renuncia de la nacionalidad española

La nacionalidad española también se pierde si el ciudadano renuncia expresamente a ella, siempre que tenga otra nacionalidad (se deben evitar las situaciones de apatridia) y resida habitualmente en el extranjero.

Solo podrán renunciar a la nacionalidad española los españoles emancipados.

Por haber nacido y residir en el extranjero

También perderán la nacionalidad española los ciudadanos que hayan nacido en el extranjero y residan también en el extranjero, si se cumplen las siguientes condiciones: 

  • Que ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles nacidos también en el extranjero.
  • Que las leyes del país donde residen les atribuyan la nacionalidad del mismo.
  • Que no declaren su voluntad de conservar la nacionalidad española.

El interesado deberá formular su declaración de voluntad de conservar la nacionalidad española ante el encargado del Registro Civil, y en el plazo de 3 años desde su mayoría de edad. 

¿Cómo se puede perder la nacionalidad derivada?

En el caso de la nacionalidad adquirida con posterioridad al nacimiento, se perderá la nacionalidad española:

  • Cuando durante 3 años se utilice exclusivamente la nacionalidad a la que se hubiera renunciado al adquirir la nacionalidad española.
  • Al entrar voluntariamente al servicio de las armas o cuando se ejerza cargo político en un Estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno.

Además, se perderá la nacionalidad española adquirida si se declara en sentencia firme que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.

En ese caso, la adquisición de la nacionalidad será nula, aunque no se derivarán de la nulidad efectos perjudiciales para terceros de buena fe.

Deberá ser el Ministerio Fiscal el que, de oficio o en virtud de denuncia, ejercite la acción de nulidad dentro del plazo de 15 años.

¿Se puede recuperar la nacionalidad española?

Sí, existe la posibilidad de recuperar la nacionalidad española que se ha perdido por alguna de las causas mencionadas.

Para poder recuperarla, será necesario cumplir los siguientes requisitos: 

  • Ser residente legal en España.
  • Hacer una declaración de voluntad de recuperar la nacionalidad española, lo que se debe hacer ante el encargado del Registro Civil.
  • Inscribir la recuperación en el Registro Civil.

No obstante, el requisito de residencia legal en España puede ser dispensado por el Ministro de Justicia si concurren circunstancias excepcionales. En cualquier caso, no es exigible para los emigrantes ni para los hijos de emigrantes.

¿Cuándo no es posible recuperar la nacionalidad española?

No en todos los casos se puede recuperar la nacionalidad española.

El artículo 26.2 del Código Civil establece que no será posible recuperar o adquirir la nacionalidad española, salvo que el Gobierno, discrecionalmente, conceda la habilitación, si el interesado se encuentra incurso en cualquiera de los supuestos de pérdida de la nacionalidad española derivada, anteriormente analizados.

María José Palma Ballester
María José Palma Ballester, abogada de extranjería en Valencia

María José Palma Ballester es socia fundadora de Palma Abogados de Extranjería. Es licenciada en Derecho por la Universidad de Valencia y miembro del Colegio de Abogados de Valencia (colegiada número 15.061) desde el año 2011.

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