Por regla general, cuando un ciudadano extranjero procedente de un tercer Estado obtiene una autorización de residencia o estancia en España por un periodo superior a 6 meses (o un visado de larga duración para entrar en el país), tiene la obligación de solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero o TIE, para lo cual necesita acudir a la oficina encargada de su expedición y cumplimentar el trámite de toma de huellas.
A continuación, vamos a explicar en qué consiste exactamente este trámite, cuáles son los requisitos para realizar la toma de huellas y cómo se debe solicitar cita para iniciar el procedimiento.
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Contacta con nosotros¿Qué es la toma de huellas en las autorizaciones de extranjería?
La toma de huellas es el trámite principal en el procedimiento de expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), de solicitud obligatoria, de manera general, para todos los extranjeros no comunitarios ni pertenecientes al Espacio Económico Europeo (es decir, nacionales de terceros países) que hayan obtenido una autorización de residencia o estancia por un periodo superior a 6 meses.
Se tramita ante la Unidad de Documentación de Policía Nacional situada en la Oficina de Extranjería o en la comisaría de Policía de la provincia donde el interesado tenga fijado su domicilio, y siempre que se haya pedido cita previa.
La finalidad del trámite es comprobar la identidad de la persona en el momento de solicitar la expedición del documento físico que acredita su situación legal, y registrar sus datos biométricos para incorporarlos a la tarjeta junto con su fotografía, firma, datos personales y Número de Identidad de Extranjero (NIE).
¿Cuándo es necesaria la toma de huellas?
La solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), y, por tanto, la toma de huellas que va asociada a ella, es obligatoria, de manera general, siempre que el nacional de un tercer Estado se encuentre en España en virtud de una autorización de residencia o estancia por un periodo superior a 6 meses, o cuando deba renovar dicha autorización.
También cuando sea necesario un duplicado de la tarjeta por pérdida, robo o deterioro de la existente, o cuando se produzcan cambios sustanciales que requieran una modificación de los datos de la tarjeta (como un cambio de domicilio).
Además, también deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero el nacional de un tercer país que haya obtenido un visado de larga duración por motivo de trabajo, residencia no lucrativa o estudios, si el periodo de permanencia en España va a ser de más de 6 meses. En este caso, deberá solicitar la tarjeta durante el primer mes desde su llegada a España.
En cambio, no procede en los siguientes casos:
- Cuando la autorización de residencia o estancia tenga una validez de 6 meses o menos. En este caso, la situación legal del extranjero queda acreditada con la propia resolución favorable concedida por las autoridades de extranjería.
- Cuando, por retrasos en la solicitud, la validez de la tarjeta que vaya a ser expedida sea inferior a 30 días, ya que, en este caso, la tarjeta física estará a punto de caducar en el mismo momento de su expedición. No obstante, sí se podrá solicitar cuando corresponda pedir la renovación o prórroga de la autorización.
- Cuando el ciudadano extranjero sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
- Cuando el ciudadano extranjero haya obtenido un visado de estancia corta (hasta 90 días).
¿Dónde se realiza el trámite?
La toma de huellas se lleva a cabo en la Unidad de Documentación de Policía Nacional, ubicada en la oficina de extranjería o en la comisaría de Policía de la provincia donde el solicitante tenga fijado su domicilio, previa solicitud de cita por internet.
Los menores deben acudir acompañados por su representante legal debidamente acreditado y con documentación de identidad original y en vigor, o bien por un apoderado.
¿Cómo se pide cita para la toma de huellas?
La cita previa para tramitar la expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero y su correspondiente toma de huellas se solicita a través de la sede electrónica de extranjería, seleccionando “cita previa de extranjería”, a continuación “acceder al procedimiento”, y desde ahí se selecciona la provincia de residencia y, posteriormente, en el desplegable de “Trámites Policía Nacional”, se debe buscar el de “Policía-Toma de huellas (expedición de tarjeta) inicial, renovación, duplicado y Ley 14/2013”.
¿Qué documentación se necesita para la toma de huellas y solicitud de la TIE?
La documentación a aportar para la solicitud de expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero es la siguiente:
- Justificante de haber reservado cita previa.
- Formulario oficial de solicitud en modelo EX-17, cumplimentado y firmado por el interesado o su representante legal. Si la TIE está asociada a la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores, puede ser necesario presentar un formulario de solicitud específico.
- Documento de identidad original y en vigor (pasaporte, cédula de inscripción de extranjeros o título de viaje equivalente reconocido en España).
- Justificante de abono de la tasa Modelo 790 Código 012.
- Una fotografía reciente en color, de tamaño carnet.
- Certificado o volante de empadronamiento actual expedido con una antelación máxima de 3 meses, en caso de que se haya cambiado de domicilio (no se requiere para solicitudes al amparo de la Ley 14/2013).
- Resolución de concesión de la autorización de residencia o estancia.
- Si la solicitud se debe a una renovación de la tarjeta, será necesario presentar la anterior. Si se solicita un duplicado por pérdida o sustracción, deberá aportarse la denuncia correspondiente.
- Documentación que acredite la relación con el menor, en su caso (identidad, nacimiento, libro de familia o certificado de nacimiento, partida de nacimiento, poder notarial que acredite el apoderamiento, etc., según el supuesto de que se trate).
Para algunos casos específicos puede requerirse documentación adicional.
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Contacta con nosotros¿En qué consiste el trámite de toma de huellas?
La toma de huellas es un trámite que debe realizarse necesariamente de manera presencial ante la Policía Nacional, en la oficina que corresponda, presentando la solicitud en el plazo de un mes desde la concesión de la autorización de estancia o residencia, o desde la entrada en España tras la concesión del visado. Es sencillo y de corta duración, y se desarrolla mediante los siguientes pasos:
- El agente de la Policía encargado del trámite solicita la documentación al interesado: el pasaporte, el formulario oficial cumplimentado, la foto, el justificante de abono de la tasa y la resolución de concesión de autorización o estancia o de su renovación.
- Tras verificar los datos, el agente escanea la foto y la incorpora digitalmente a la ficha y al chip de la tarjeta.
- A continuación, procede la toma de huellas propiamente dicha. El solicitante debe poner sus dedos índices sobre un escáner óptico digital para su adecuado registro.
- Después, el interesado firma en un pad digital para que la firma quede grabada en la tarjeta.
- Finalmente, se emite el resguardo de solicitud de expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, con el que, transcurridos de 30 a 45 días, el solicitante podrá volver a la oficina para recoger su tarjeta. El resguardo contiene la información necesaria para poder hacer un seguimiento del estado de la tramitación.
