Una de las formas de residir legalmente en España es conseguir el permiso de trabajo como personal altamente cualificado. Descubre quiénes pueden obtenerlo y cuáles son los requisitos.
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Contacta con nosotros¿Qué es el permiso de trabajo como profesional altamente cualificado?
El permiso de trabajo como profesional altamente cualificado es un tipo de autorización de residencia, que tiene validez en todo el territorio nacional, para aquellos casos en los que una empresa necesita incorporar en territorio español a un profesional extranjero para desarrollar una relación laboral o profesional de alta cualificación.
Este tipo de permiso se regula en el Capítulo IV de la Sección 2.ª del Título V de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
¿Quién puede pedir un permiso de trabajo como profesional altamente cualificado?
Depende de la modalidad de permiso de trabajo como profesional altamente cualificado a solicitar:
Autorización de residencia para profesionales altamente cualificados titulares de una Tarjeta azul-UE
Es el tipo de autorización prevista para trabajadores extranjeros que vayan a desarrollar una actividad laboral:
- para la que sea necesaria una cualificación derivada de una formación de enseñanza superior de al menos 3 años de duración y equivalente al menos al Nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, correspondiente al nivel 6 del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente y mismo nivel del Marco Europeo de Cualificaciones (EQF);
- o bien, que acrediten al menos 5 años de conocimientos, capacidades y competencias avalados por una experiencia profesional equiparable a dicha cualificación y que sea pertinente para la profesión o sector especificado en el contrato de trabajo o en la oferta firme de empleo.
Cuando se trate de profesionales y directores de tecnología de la información y las comunicaciones, la duración mínima de la experiencia profesional equiparable y pertinente para el sector o profesión que se exigirá será de 3 años comprendidos en los 7 años anteriores a la solicitud de la Tarjeta azul-UE.
Para conseguir este tipo de autorización, la persona extranjera tiene que cumplir los siguientes requisitos:
- Acreditar que cuenta con la cualificación establecida en el artículo 71.2.g) de la Ley 4/2013. En el caso del ejercicio de profesiones reguladas, deberá acreditar su homologación conforme a la normativa sectorial relativa al ejercicio de profesiones reguladas.
- Presentar un contrato de trabajo válido o una oferta firme de empleo de alta cualificación para un período de 6 meses al menos, que garantice al trabajador una actividad continuada durante el tiempo que la Tarjeta azul-UE está vigente.
- Que las condiciones del contrato de trabajo se ajusten a las que establecen la normativa vigente y el convenio colectivo de aplicación. El salario bruto anual que se especifique en el contrato no podrá ser inferior a un umbral salarial de referencia definido reglamentariamente, previa consulta con los interlocutores sociales de acuerdo con la normativa vigente, y como mínimo será de 1,0 veces y como máximo 1,6 veces el salario bruto anual medio. Si el contrato se ajusta a la normativa vigente y al convenio colectivo, el umbral salarial inferior será un 80% del umbral anterior, siempre que no sea inferior a 1,0 veces el salario bruto medio, en cualquiera de los casos siguientes:
- Profesiones en las que exista una necesidad particular de trabajadores nacionales de terceros países pertenecientes a los grupos 1 y 2 de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones.
- Nacionales de terceros países que hayan conseguido la cualificación establecida en el artículo 71.2 a) de la Ley 14/2013 como máximo 3 años antes de presentar la solicitud de Tarjeta azul-UE.
Autorización de residencia nacional para profesionales altamente cualificados
Esta autorización se prevé para trabajadores extranjeros que vayan a desarrollar una actividad laboral o profesional:
- para la que sea necesaria una titulación equiparable al menos al nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, correspondiente al nivel 5A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente;
- o bien, conocimientos, capacidades y competencias avaladas por una experiencia profesional de al menos 3 años que se considere equiparable a dicha cualificación, en los términos establecidos en las instrucciones a las que se refiere la disposición adicional vigésima de la Ley 14/2013.
¿Cuánto dura el permiso de trabajo como profesional altamente cualificado?
Este permiso tiene una periodo de validez de 3 años, o igual a la duración del contrato más un periodo adicional de 3 meses si la duración del contrato es inferior a 3 años. En todo caso, la validez del permiso no puede superar 3 años.
No obstante, en los 60 días anteriores al fin de la vigencia del permiso se puede solicitar su renovación por 2 años en caso de mantener los requisitos para la autorización. A los 5 años se podrá obtener la residencia de larga duración, en caso de cumplir los requisitos para ello.
¿Se puede reagrupar a familiares con un permiso de trabajo como profesional altamente cualificado?
Si la persona solicitante o titular de una Tarjeta azul-UE es a su vez beneficiaria de protección internacional concedida por otro Estado miembro de la Unión Europea, procede la reagrupación conforme a las siguientes reglas:
- Los familiares de un solicitante de Tarjeta azul-UE que sea beneficiario de protección internacional concedida por otro Estado miembro de la Unión Europea pueden ser reagrupados en los términos previstos en la Ley 14/2013.
- La reagrupación de los familiares del solicitante de Tarjeta azul-UE que ha obtenido protección internacional en España se regirá por lo establecido en la normativa vigente en materia de protección internacional.
¿Cómo se solicita el permiso de trabajo como profesional altamente cualificado?
Es la empresa que va a contratar al trabajador la que debe realizar la solicitud, ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, cuya sede se encuentra en Madrid. La solicitud se puede hacer también de forma telemática, o a través de cualquier Registro Público de Subdelegación o Delegación de Gobierno.