Palma Abogados de Extranjería

Abogados especialistas en arraigos

¿Buscas los servicios de un abogado experto en arraigos? Podemos ayudarte.

En Palma Abogados de Extranjería nos dedicamos en exclusiva al derecho de extranjería y contamos con amplia experiencia en todo tipo de asuntos relacionados con la gestión de arraigos.

Equipo Palma Abogados de Extranjería

Abogados para Arraigo en Valencia

El arraigo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales para personas extranjeras que cumplen ciertos requisitos relacionados con tiempo de permanencia, vínculos familiares, situación laboral o formación.

Es una de las vías más utilizadas para regularizar la situación administrativa y obtener el permiso de residencia en España.

Como abogados especializados podemos ayudarte con asuntos como:

  • Asesoramiento sobre los tipos de arraigo (familiar, social, sociolaboral, socioformativo y de segunda oportunidad)
  • Requisitos generales y específicos de obtención
  • Documentación necesaria
  • ... y mucho más

Te ayudaremos

Somos abogados de extranjería especialistas en arraigos. Analizaremos tu caso para determinar qué tipo de arraigo es el adecuado para ti y cómo presentarlo para maximizar tus posibilidades de éxito.

Contacta con nosotros e infórmate sin compromiso. Puedes concertar una cita presencialmente en nuestro despacho en Valencia, o bien de forma online (videollamada o llamada telefónica). Además de en Valencia atendemos asuntos en toda España.

¿Qué hacer si te han denegado el arraigo?

En el contexto de los procedimientos para la obtención del permiso de residencia temporal por circunstancias excepcionales, en cualquiera de las modalidades de arraigo, existe la posibilidad de que la solicitud sea desestimada. 

Cuando esto sucede, el extranjero interesado cuenta con algunas herramientas para revertir la resolución de la administración, independientemente de si esta denegación es consecuencia de una resolución expresa o fruto de la aplicación de un silencio administrativo negativo. 

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El informe de integración social en las autorizaciones por arraigo socioformativo

El arraigo socioformativo (denominado arraigo por formación antes de la entrada en vigor del Reglamento de extranjería de 2024), entre los requisitos para su concesión, contempla la exigencia de presentar un informe de integración social que demuestre el grado de integración del solicitante en la sociedad española.

Las características de dicho informe, así como su carácter vinculante y sus efectos, están regulados en la normativa de extranjería.

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Requisitos para solicitar el arraigo social en España

Los extranjeros no europeos que se encuentren en España en situación irregular pueden acceder a un permiso de residencia por razones de arraigo en circunstancias excepcionales, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.

El artículo 127 del Reglamento de desarrollo de esta Ley Orgánica 4/2000 configura diferentes tipos de arraigo. A continuación, nos centramos en la concesión de un permiso de residencia por razones de arraigo social en España. 

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Obtención del arraigo familiar por tener hijo menor de edad nacional de otro estado miembro de la Unión Europea (“UE”)

En España, los extranjeros no comunitarios pueden obtener un permiso de residencia de carácter temporal cuando existen razones de arraigo. Así lo dispone el artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Una de las modalidades para acceder a esta autorización es el arraigo familiar, del que a su vez se reconocen diferentes supuestos. En las próximas líneas nos ocuparemos del permiso de residencia por arraigo familiar que pueden obtener los progenitores de ciudadanos de otros estados miembros de la UE menores de edad. 

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